La lex artis se define como “aquel criterio valorativo para calibrar la diligencia exigible en todo acto o tratamiento médico” (Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 18 de diciembre de 2006). “Comporta no sólo el cumplimiento formal y protocolario de las técnicas previstas, aceptadas generalmente por la ciencia médica y adecuadas a una buena praxis, sino la aplicación de tales técnicas con el cuidado y precisión exigible de acuerdo con las circunstancias y los riesgos inherentes a cada intervención según su naturaleza.” (Sentencia de Tribunal Supremo de 23 de mayo de 2006.
La lex artis, de forma que se pueda entender por el público en general, es que cada procedimiento en este caso odontológico debe ser ejercido con un protocolo de ejecución respaldado por la evidencia científica en los estudios realizados a los largo de los años. Pongamos el ejemplo de una endodoncia (lo que mal se conoce en la calle como matar el nervio) donde SIEMPRE debe colocarse el dique de goma (siempre que sea posible) y la realización de radiografías para la comprobación del tratamiento.
En la zona sur de madrid, en Pinto , se encuentra nuestra clínica donde realizamos informes de daño dental, ya sea por un POSIBLE problema dental o por un accidente.
La elaboración de un informe de valoración de daños dentales es un proceso complejo, que requiere de unos grandes conocimientos en la profesión en varios campos de la odontología. Los honorarios de la realización del informe dependen de la extensión y complejidad del mismo. No es lo mismo realizar la valoración de un solo diente, que de varios o incluso toda la boca.
Le recordamos que en nuestro centro gracias a la radiología digital de última generación que disponemos, todas las pruebas necesarias podrán ser realizadas en nuestro centro sin necesidad de que tenga que desplazarse a otra clínica. Además disponemos del mejor sistema de fotografía extraoral con una cámara de fotos profesional Canon 5D y objetivo de macrofotografía dedicada al mundo dental.